DERECHO
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MORAL
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El Derecho es el arte de lo bueno y lo justo
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No son obligatorias y pueden ser voluntariamente
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Impregnado de ideas y normas jurídicas
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Impregnado de ideas y normas morales
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No todo lo que es licito es honesto
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Dad al cesar lo que es del cesar y a dios lo que es de dios
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Normas obligatorias y personas obligadas a acatarlas
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El conjunto de normas morales es denominado como moralidad objetiva (existen como hechos sociales más allá de que el sujeto decida acatarlas).
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Potestad de hacer o exigir cuanto la ley o la autoridad establece a nuestro favor, o lo permitido por el dueño de una cosa.
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El término moral también puede utilizarse como sinónimo de ética, por lo que adquiere sentido como disciplina filosófica o como sinónimo de la teología moral (una disciplina teológica).
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Conjunto de los preceptos formulados por el legislador y a los cuales el hombre debe obedecer.
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Se dice que una persona que hace uso de los valores morales de su sociedad puede forjarse un mejor destino.
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La norma sin torcerse hacia ningún lado, la vida de las personas para hacer posible la convivencia social.
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Cabe mencionar que la idea de responsabilidad moral aparece con el convencimiento de que el accionar del individuo siempre se realiza con un fin, a menos de que se encuentra inconsciente (ya sea por una enfermedad mental, un desequilibrio psicológico, los efectos de una droga, etc.).
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En este espacio se publicaran cosas de acuerdo a la clase de derecho positivo mexicano que es impartida en el CBT N.-2 Jose Mario Molina Henriquez y servira para aprender mas y dar a conocer informacion relativa a este tema
lunes, 18 de marzo de 2013
Cuadro Comparativo del Derecho y la Moral
martes, 5 de marzo de 2013
Características Generales del Derecho
CARACTERÍSTICAS:
Una primera característica del Derecho es la bilateralidad, es decir, que un sujeto distinto al afectado está facultado para exigir el cumplimiento de la norma. Por ello se le otorga la cualidad "imperativo atributivo" al Derecho.
Imperativo: que impone un deber de conducta. Por ejemplo: pagar impuestos al Estado.
Atributivo: que faculta a una persona distinta del obligado para exigir el cumplimiento de este imperativo.
Una segunda característica del Derecho es su heteronomía. Se caracteriza por ser autárquico. en el sentido de que el individuo puede discrepar del contenido de la norma, pero le resulta irrelevante al Derecho si el está de acuerdo o no, pues las personas no se las han dado a sí mismas. El Derecho es establecido por otro, una autoridad, organismo o institución, denominada en general legislador. Paralelamente existen salvedades a esta heteronomía: la costumbre, el acto jurídico y el acto corporativo.
Una tercera característica es la alteridad del Derecho, esta idea implica que el Derecho y las normas jurídicas que lo forman se refieren siempre a la relación de un individuo para con otros. El Derecho enlaza distintas personas y determina como debe ser su comportamiento recíproco exterior. Por ejemplo en la relación jurídica de derecho de alimentos entre el padre y un descendiente (hijo o nieto), vincula a estos dos sujetos y les da facultades distintas: el padre tiene el deber de brindar alimentos mediante la pensión alimenticia (sujeto pasivo o deudor) y los descendientes tienen el derecho que su padre les brinde los alimentos necesarios (sujeto activo o acreedor).
Una última característica es la coercibilidad, que supone la legítima posibilidad de utilizar la fuerza socialmente organizada en caso de exigir el cumplimiento de éste o de aplicar la sanción correspondiente al violar el Derecho. La fuerza socialmente organizada, para el Derecho, son las fuerzas policiales y de seguridad contempladas en la Constitución y los tribunales de justicia. Es importante distinguir entre coercibilidad y coacción; ésta última es el hecho materializado en sí, el hecho físico de la coercibilidad.
Derecho Positivo 3
DERECHO POSITIVO
El derecho es el conjunto de leyes, resoluciones, reglamentos creadas por un Estado, que pueden tener un carácter permanente y obligatorio de acuerdo a la necesidad de cada una y que son de estricto cumplimiento por TODAS las personas que habitan en esa comunidad para garantizar la buena convivencia social entre estas y que la resolución de los conflictos de tipo interpersonal lleguen a buen puerto.
O sea que más allá que yo considere que por ejemplo respetar alguna norma de tránsito es injusta, la deberé respetar y observar porque al derecho no le interesan los pensamientos particulares, sino garantizar el buen funcionamiento de una sociedad.
Aunque a veces no nos percatemos por razón de la cotidianidad y el automatismo de algunas situaciones o acciones que protagonizamos todos los días de nuestras vidas, el derecho es una de las cuestiones que más presente se hace todos los días en nuestras vidas, porque el hecho de tomarnos un colectivo todas las mañanas para ir a trabajar o mismo el trabajo que realizamos en orden a la recepción de una retribución generalmente mensual de dinero, son todas cosas que implican un derecho constituido que tenemos y que ante su falta podemos y tenemos el derecho, valga la redundancia, de reclamarlas sino se cumplen efectivamente y en tiempo y forma. Es decir mi jefe tiene la obligación de pagarme x cantidad de dinero estipulado a fin de mes y la empresa de transporte tiene el compromiso asumido de llevarme todos los días a ese destino y yo de reclamarlo en caso que por cualquier razón no lo haga.
Lo que nos da el derecho a todos sin excepciones, es la posibilidad de ser iguales ante la ley, es decir, no importa para el derecho que mi jefe tenga más plata o poder que yo a la hora de hacerle un reclamo por ese dinero que no se me pagó, si es así, el derecho estará de mi lado por supuesto.
El derecho está nutrido y se basa generalmente en textos escritos en el cual se plasmaron determinadas ideas o fundamentos esenciales para hacer uso del derecho, estas son: la constitución, la ley, la jurisprudencia, la costumbre, el acto jurídico, los tratados, la doctrina, entre otros.
Además el derecho ha sido dividido en diversas ramas o categorías para organizar su tratamiento, así está el derecho administrativo, civil, económico, político, procesal, entre los más importantes.
Derecho Positivo 2
DERECHO POSITIVO
La palabra derecho proviene del término latino directum, que significa “lo que está conforme a la regla”. El derecho se inspira en postulados de justicia y constituye el orden normativo e institucional que regula la conducta humana en sociedad. La base del derecho son las relaciones sociales, las cuales determinan su contenido y carácter. Dicho de otra forma, el derecho es un conjunto de normas que permiten resolver los conflictos en el seno de una sociedad.
A la hora de hablar de derecho es fundamental que establezcamos cuales son sus fuentes, es decir, las ideas y los fundamentos en los que se basa aquel para poder desarrollarse y establecer sus principios básicos. En este sentido, tenemos que subrayar que sus citadas fuentes pueden determinarse, de manera general, en tres grandes categorías:
Las reales, que son las que vienen a establecer lo que es el contenido de una ley en cuestión.
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